Sancionan ley que establece Áreas Marinas Protegidas en Alta Mar

La Ley 442, por la cual se aprueba el Acuerdo en el Marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar Relativo a la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicción Nacional, fue sancionada ayer por el mandatario José Raúl Mulino.La nueva norma permite a las autoridades ambientales crear un marco para la protección a gran escala en alta mar, apoyando el objetivo global de conservar y gestionar efectivamente el 30% de las áreas marinas y terrestres para 2030, conforme al Marco Global de Biodiversidad de Kunming-Montreal.El ministro de Ambiente, Juan Carlos Navarro explicó que Panamá es líder global ambiental, al sumarse a un grupo de solamente 10 países que se han suscrito al acuerdo, que contempla proteger áreas que, pese a su inmenso valor y ricas en vida marina única y en su mayoría desconocida, enfrentan amenazas críticas como la contaminación, la sobreexplotación y el cambio climático, ante la creciente demanda de recursos marinos para alimentación, minerales y biotecnología.Destacó que esta sanción, un compromiso de gobierno que inició en el primer mes de mandato del presidente Mulino y que recibe su aprobación en 2 meses, es “una puerta abierta al mundo”, porque se podrán establecer áreas marinas vitales con protección a nivel global, promoviendo la cooperación internacional y la implementación de medidas concretas para garantizar su conservación y uso sostenible.Esta norma también define procedimientos claros y robustos para evaluar el impacto ambiental de actividades humanas en alta mar, con controles adecuados para prevenir daños irreversibles, así como promover la cooperación técnica y el fortalecimiento de capacidades entre las partes para garantizar una gestión sostenible y equitativa de los recursos marinos.

Thank you for reading this post, don't forget to subscribe!

Leave a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *